BOLETÍN OFICIAL Nº 113 – 21/09/20

DECRETO Nº 807-MS/2020.-

EXPTE. Nº 1414-575/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 MAYO 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º: Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO PRIMERO GALARZA JOSE ANTONIO, D.N.I. Nº 29.527.915, Legajo Nº 14.847, de acuerdo a las previsiones del articulo 93º inc. c) de la Ley Nº 3758/81 modificado por el Decreto Nº 2810-G/01.-

ARTICULO 2º: Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO PRIMERO GALARZA JOSE ANTONIO, D.N.I. Nº 29.527.915, Legajo Nº 14.847, por encontrarse comprendido en las disposiciones del articulo 14º inc. d) de la Ley 3759/81 y Decreto Nº 1161-MS/16.-

ARTICULO 3º: Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capitulo III, articulo 50º y ccs. de la Ley Nº 1886/48.-

ARTICULO 4º: Tome razón Fiscaliza de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-

 

C.P.N. Gerardo Rubén Morales

Gobernador