BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 18/09/20

DECRETO Nº 9902-ISPTyV/2019.-

EXPTE Nº 59-LL-1987.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Déjese sin efecto la Adjudicación dispuesta por Decreto N° 2790-E-1995 a favor del Sr. LLAMPA, OCTABIO, DNI N° 17.600.295 del Lote N° 13, Manzana N° 131, Padrón K-3482, Matrícula K-728, ubicado en la Localidad de Abra Pampa, Departamento Cochinoca Provincia de Jujuy.-

ARTICULO 2°.- Ratificase la adjudicación a título gratuito y definitivo del terreno fiscal individualizado como Lote N° 13, Manzana N° 131, Padrón K-3482, Matrícula K-728, ubicado en la Localidad de Abra Pampa, Departamento Cochinoca Provincia de Jujuy, en los términos del Decreto 2790-E-1995, a favor de la Sra. CARRILLO, BILMA TRINIDAD, DNI N° 17.496.703, de conformidad a los fundamentos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 3°.- Facultase a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos de la Provincia, para que proceda a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor de la adjudicataria.‑

ARTÍCULO 4°.- Déjese establecido que la adjudicataria se encuentra excluida, junto con su grupo familiar, de los programas de viviendas y/o loteos fiscales urbanos, que inicien o ejecuten organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, dentro del territorio de la Provincia de Jujuy, a excepción de los programas oficiales para la construcción de  viviendas que requieran la utilización del terreno.‑

ARTÍCULO 5°.- Prohíbase a la adjudicataria transferir o disponer del terreno fiscal objeto del presente por el plazo de diez años, conforme a lo establecido en el art. 75, inc. 3 de la Ley 3169/74 y en el art. 20 del Decreto N° 5801-ISPTyV./2017.‑

ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, notifíquese, Publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, remítase copia certificada a la Dirección Provincial de Inmuebles y a la Dirección Provincial de Rentas, Siga a la a Dirección de Regularización Dominial, luego a Escribanía de Gobierno o Colegio de Escribanos, a sus efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos Tierra y Vivienda.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR