BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 07/09/20
EXPTE. N° 780-43/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 OCT. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.– Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2.019 Ley N° 6113, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION: “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERE
DESDE
U. de O.: 1 Ministerio de Salud
Categoría N° de Cargos
1 (c-4) 1
1-30 horas 1
Agrup. Serv. Generales
Ley N° 3161/74
Total 2
A:
U. de O.: 6-01-24 Hospital “Gob. Ing. Carlos Snopek”
Categoría N° de cargos
1(c-4) 1
1-30 horas 1
Agrup. Serv. Generales
Escalafón General
Ley N° 3161/74
Total 2
ARTÍCULO 2°.- Téngase por aceptada a partir del 31 de agosto de 2.018, la renuncia presentada por la Sra. Raquel Consepción Segovia, CUIL 27-14787500-8, al Contrato de Locación de Servicios, que detentaba como mucama, en el cargo categoría 1-30 horas, Agrupamiento Servicios Generales , Escalafón General, bajo la dependencia del Ministerio de Salud.‑
ARTÍCULO 3°.- Téngase por designada a partir del 1 de septiembre de 2.018 a la Sra. Raquel Consepción Segovia, CUIL 27-14787500-8, en el cargo categoría 1 (c-4), Agrupamiento Servicios Generales , Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de mucama, en el Centro de Especialidades Sur, en el Hospital ‘Gob. Ing. Carlos Snopek”.‑
ARTÍCULO 4°.- Téngase por designado a partir del 10 de agosto de 2.018 al Sr. Jorge Jesús Cari, CUIL 23-33999930-9, en el cargo categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de mucamo, en el Centro de Especialidades Sur, en el Hospital “Gob. Ing. Carlos Snopek”.‑
ARTÍCULO 5°.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2019, Ley N° 6113, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2019:
Con la respectiva partida de “Gasto en Personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: R 6-01-24 Hospital “Gob. Ing. Carlos Snopek”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 7°.- Previa toma Razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR