BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 07/09/20

DECRETO N° 10988-DEyP/2019.-

EXPTE. N° 2009-10/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 OCT. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°. Promuévase a partir  del 1°  de enero de 2019 al Sr. Juan Carlos SARDINA D.N.I N° 11.235.168, CUIL 20-11235168-0, a la categoría 24 Agrupamiento  Mantenimiento y Producción del Escalafón General de la Administración Pública Provincial Ley N° 3161/74, de la Planta de Personal Permanente de la Dirección Provincial de Desarrollo Ganadero, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 5502 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H/07.-

ARTICULO 2°.La erogación emergente en lo dispuesto por el artículo anterior, se atenderá con la partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, ejercicio 2019, Ley N° 6113, para la Jurisdicción “P” Ministerio de Desarrollo Económico y Producción U. de O. “3B” Dirección Provincial de Desarrollo Ganadero, Partida de Gastos en Personal la que de resultar insuficiente tomara fondos de la Partida 01-01-01-01-01-60 “Adecuación Ley N° 5502” U. de O. “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro.-  

ARTICULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal al control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del art. 3°, “Anexo I”, del Decreto N° 88654-1/07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias, incluyendo la intimación del art. 100 bis de la Ley N° 3161/74.-

ARTICULO 4°.-  El presente será refrendado por los Sres. Ministros de Desarrollo Económico y Producción y Hacienda y Finanzas.

ARTICULO 5°.- Regístrese, previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial para su publicación en  forma sintética.- Dese a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción pase a Contaduría de la Provincia, a la Dirección Provincial de Presupuesto y a la Dirección Provincial de Personal a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto. Por el art. 3° del presente. Cumplido. ARCHIVESE.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR