BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 07/09/20

DECRETO Nº 9056-ISPTyV/2019.-

EXPTE Nº 641-045/2008.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 ABR. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Ratifíquese la Resolución N° 38/2016, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudíquese a Título Gratuito a la Sra. MAMANI, VICTORIANA; DNI N° 10.384.742, la Pamela Rural Fiscal N° 583 Padrón M-1476 con una superficie de 486 Has. 3770,65 m2, ubicada en el Distrito Paicone, Departamento Santa Catalina, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracciones aprobado bajo el N° 11559 por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 12 de Octubre de 2011.-

ARTÍCULO 2°.- Establézcase que los Recursos Naturales, Parques Provinciales y Nacionales que existan o en un futuro se creen en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N° 5206 y Decreto N° 789-G-2004 y el Artículo 15° primer apartado del Convenio N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T). Dispóngase que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existan en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación (Artículos 2°, 7°, 10°, 11°,12°, 13°, 16°, 18°, 146°, 158° y concordantes); Decreto Nacional N° 456/97, Artículo 15° segundo apartado del Convenio N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T.).‑

ARTÍCULO 3°.- Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese dicho acto a los ‘ titulares de minas y cateos.-

ARTÍCULO 4°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.-

ARTÍCULO 5°.- Previa torna de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese -en forma sintética-, dese al Registro y Boletín Oficial, pase a Escribanía de Gobierno a los fines dispuestos en el Artículo 4° del presente Decreto y siga a la Dirección Provincial de Inmuebles e Instituto Jujeño de Colonización. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR