BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 07/09/20
EXPTE. N° 0300-669/2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 JUN. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.– Otorgase Personería Jurídica a favor de la “FUNDACION JUJUY RECREARTE” con asiento en la Ciudad de San Salvador de Jujuy y apruébase su Estatuto Social que consta de diecinueve (19) Artículos y, como Escritura Pública N° 363/19 del Registro Notarial N° 67 de la Provincia de Jujuy, corre agregado en fs. 28 a 34 de autos.-
ARTICULO 2°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR