BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 04/09/20
EXPTE. N° 780-125/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, conforme se indica a continuación:
TRANSFIERASE DE:
U. de O.: R1 Ministerio
Categoría Nº de Cargo
4 (C-4) 2
Agrup. Técnico
Escalafón General
Total 2
A: U de O.: R6-01-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”
Categoría Nº de Cargos
4 (C-4) 2
Agrup. Técnico
Escalafón General
Total 2
ARTICULO 2°.- Téngase por aceptada a partir del 04 de enero de 2018, la renuncia presentada por Sra. Celia Verónica Alvarado, CUIL 23-29978024-4, al Contrato de Locación de Servicios que detentaba en la categoría 4 (c-4) del Agrupamiento Técnico bajo la dependencia del Ministerio de Salud.-
ARTICULO 3°.- Téngase por designados a los agentes Celia Verónica Alvarado, CUIL 23-29978024-4 y Héctor Hugo Joel Muñoz, CUIL 20-26247000-9, en los cargos categoría 4 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general, en la U. de O.: R6-01-07 Hospital “Dr. Arturo Zabala”, a partir del 05 de enero de 2018.‑
ARTICULO 4°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con las previsiones del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2019, Ley 6113, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2019: La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R6-01-07 Hospital Dr. Arturo Zabala.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado): Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 6°.- Previa toma dé razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR