BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 31/08/20

Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial  Nº 1 Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-081116/16) “CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ GUTIERREZ FRANCO DARIO S/ Ejecutivo” hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, Mayo 26 de 2020.- Autos y Vistos: Considerando:…Resuelve: 1.- Ordenar el desglose del escrito de “contestación de demanda” incorporado a fs. 82/83 vta., por los motivos expuestos en los considerandos, transcribiendo el petitorio, del mismo.- 2.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Sra. CASTILLO S.A.C.I.F.I.A, CUIT 30-52940352-2, en contra del Sr. GUTIERREZ FRANCO DARIO, DNI 29.998.069, por la suma de Pesos Un Mil Novecientos Noventa y Dos con Setenta y Dos Centavos ($1.992,72), en concepto de capital, con más el interés correspondiente a la tasa activa que cobra el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos comerciales de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: ”Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro”, (L.A. 54, Fº 673/678- Nº 235), desde la fecha de mora, (interposición de la demanda 21/12/16) y hasta el efectivo pago, mas I.V.A. si correspondiera.- 3.- Imponer las costas, del presente proceso, a la demandad, en virtud del principio de la derrota (art. 102 C.P.C.).- 4.- Diferir la regulación de honorarios, hasta tanto se practique planilla en autos.- 5.- Regístrese, agréguese copia en autos, notifíquese por cédula, etc.- Dr. Juan Pablo Calderón -Juez- Ante Mi: Dr. Francisco Saidman Rós-Prosecretario.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los veintiún días del mes de Julio del 2020.-

 

26/28/31 AGO. LIQ. N° 21042 $801,00.-