BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 28/08/20
EXPTE Nº 1414-033/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 JUL. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO PRIMERO SAJAMA DAMIAN EMILIO, D.N.I. N 28.402.594 Legajo N° 14.408, de acuerdo a las previsiones del artículo 93. inc. c) de la Ley N° 3758/81 modificado por el Decreto N° 2810-G/01.-
ARTICULO 2°.- Dispóngase, a partir del dia subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO PRIMERO SAJAMA DAMIAN EMILIO, D.N.I. N° 28.402.594 Legajo N° 14.408, por encontrarse comprendido en las disposiciones del articulo 14 inc. d) de la Ley 3759/81 y Decreto N° 1161-MS/16.-
ARTICULO 3°.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50° y ccs de la Ley N° 1886/48.-
ARTICULO 4º.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR