BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 28/08/20
EXPTE. N° 200-403/19.-
N°700-411-16, N° 714-2007-16, y N° 714-1187-16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 MAR. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Rechazase por inadmisible y extemporáneo el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. Silvia Lucrecia Rodríguez, CUIL 23-23334791-4, en contra de la resolución N° 3840-S-17, del 18 de mayo de 2.017, emitida por el Sr. Ministro de Salud de la Provincia, de conformidad a lo invocado en el exordio.‑
ARTICULO 2°.- Déjese constancia que el presente acto administrativo se emite al solo efecto de dar cumplimiento al art. 33 de la Constitución Provincial, sin que ello implique rehabilitar instancias caducas o reanudar plazos vencidos. –
ARTICULO 3°.- Notifíquese. Tome razón por Fiscalía de Estado y publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. –
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR