BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 26/08/20
EXPTE Nº 0158-CD-2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 JUL. 2020.-
VISTO:
Que sanciona la Ordenanza Municipal Nº 1.260 / 2020. Ref. Al tendido de red subterráneo en esta ciudad, y,
CONSIDERANDO:
Que, dada la gran cantidad de postes y cableados registrados en los últimos años de las fuertes lluvias y vientos, como así también la antigüedad de dichas instalaciones, las reiteradas renuncias de los vecinos y pedido de extracción de los mismos, situación está relevada, por diferentes áreas del D.E.M.
Que los postes y el cableado aéreo que se encuentran instalados en nuestra localidad constituyen cosas riesgosas, ya que potencialmente pueden generar daños a las personas o bienes,
Que, asimismo, resulta necesario preservar el paisaje urbano, el patrimonio privado de los vecinos y valorizar la imagen de nuestra localidad, por razones de estética urbano y de seguridad pública.
Que el espíritu de la Ordenanza implica el embellecimiento y modernización urbana de esta ciudad y una mayor seguridad para sus habitantes,
Por ello y en uso de las facultades que le confiere el Artículo 135º, Inciso 4 de la Carta Orgánica Municipal vigente,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º.- PROMULGASE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1.260 / 2020, sancionada por el Concejo Deliberante el día jueves 16 de Julio del Año 2020, mediante la cual se establece regular la instalación de redes de todo tipo y/o soportes, tanto en espacios de dominio público privado municipal, al tendido de red subterráneo.
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Secretarios de Gobierno y de Hacienda. –
ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Municipal y Oficial de la Provincia. Cumplido, archívese. –
Dr. Julio Cesar Bravo
Intendente Municipal