BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 26/08/20
EXPTE. N° 1414-1165/2018.-
c/agdo. N° 1414-55/2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 MAYO 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO ABREGU SILVINA ELIZABETH DEL VALLE, D.N.I. N° 32.601.964, Legajo N° 17.213, de acuerdo a las previsiones del artículo 93° inc. c) de la Ley N° 3758/81 modificado por el Decreto N° 2810-G/01.-
ARTICULO 2°.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO ABREGU SILVINA ELIZABETH DEL VALLE, D.N.I. N° 32.601.964, Legajo N° 17.213, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14° inc. d) de la Ley 3759/81 y Decreto N° 1161-MS/16.-
ARTICULO 3°.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50° y ccs. de la Ley N° 1886/48.-
ARTICULO 4°.- Tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR