BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 19/08/20

La Dr. Carlos M. Cosentini, Vocal de la Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial, Vocalía N° 7, de la provincia de Jujuy y presidente de trámite en el Expte. N° C-100803/2017 -caratulado- “Cobro de Pesos por Servicios Tarjetas de Crédito. LIMPIEZA URBANA S.A.- LIMSA- c/ VILLAR, IGNACIO CARLOS”, notificar al Sr. IGNACIO CARLOS VILLAR, se ha dictado la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 14 de febrero de 2020.- I) Proveyendo el escrito de fs. 63, notifíquese por edictos como se pide.-  A tal efecto, instrúyase a la parte actora la obligación de confeccionar las diligencias pertinentes (deber de colaboración- Arts. 50 y 72 del C.P.C.) fecho, deberá ser presentada en Secretaría para su control y firma.- II) Notifíquese Art. 155 del C.P.C.”- Fdo. Dr. Carlos M. Cosentini-Juez, Ante mi Dr. Sebastián Soler- Secretario.- Transcripción del proveído de fs. 31.- “San Salvador de Jujuy, 04 de Diciembre de 2017.- 1): Por presentado el Dr. Diego Eduardo Chacón en nombre y representación de LIMPIEZA URBANA S.A. (LIMSA) a mérito del instrumento que acompaña a fs. 2/3 vta. y por constituido domicilio legal.- 2): De la demanda interpuesta Traslado al demandado SR. IGNACIO CARLOS VILLAR, a quién se cita y emplaza para que la conteste dentro del plazo de quince días de su notificación, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P.C.).- Asimismo intímase a la demandada para que constituya domicilio dentro de los Tres Kilómetros del asiento de esta Cámara en el mismo plazo antes fijado, bajo apercibimiento de considerarse notificada por Ministerio de la Ley, todas las resoluciones posteriores (Art. 52 del C.P.C.).- 3): Notifíquese (Arts. 155 y 156 del C.P.C.).- Impónese a la Actora la obligación de confeccionar las diligencias pertinentes (deber de colaboración, arts. 50 y 72 del C.P.C.)”.- Fdo. Dr. Carlos M. Cosentini- Juez- Ante mí: Dra. Claudia Cuevas-Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local, tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 6 de Mayo de 2020.-

 

14/19/21 AGO. LIQ. N° 20998-20999-21000 $801,00.-