BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 12/08/20
La Dra. Alejandra M. L. Caballero, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. Nº C-57.421/15 caratulado: “Escrituración: BUSTAMANTE, PEDRO c/ DE LOS RIOS, MARÍA MARCELA Y OTRO”, notifica a LA ARBOLADA S.R.L., que se ha dictado la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 26 de mayo de 2020.- 1.- Atento lo solicitado por la actora a fs. 70 y habiéndose dado cumplimiento con las previsiones del art. 162 del C.P.C., líbrese edictos para la notificación del decreto de fecha 29 de marzo de 2017 (fs. 46), el que se publicará en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos, y que las copias para traslado se encuentran a disposición del demandado, “LA ARBOLADA S.R.L.”, en Secretaría de esta Vocalía Nº 8 de la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy.- 2. Notifíquese (art. 155 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Alejandra M L. Caballero-Presidente de trámite- Ante mi. Dra. Liliana E. Chorolque-Secretaria”. Transcripción del proveído de fs. 46: “San Salvador de Jujuy, 29 de marzo de 2017.- 1. Atento lo solicitado a fs. 45 por el Dr. Oscar M. Diez Yarade en nombre y representación de PEDRO BUSTAMANTE, confiérese traslado de la demanda por daños y perjuicios instaurada a fs. 26/29 y vlta. a los accionados, MARÍA MARCELA DE LOS RÍOS y LA ARBOLADA S.R.L., en la forma de estilo, por el plazo de Quince (15) Días y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 298 del C.P.C..- 2. Intímaseles para que en igual término, constituyan domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Cámara, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C.).- 3…. 4….5. Notifíquese 8art. 155/6 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Alejandra M L. Caballero- Presidente de trámite.- Ante mi: Dr. Augusto José Bonilla-Prosecretario”.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 10 de junio de 2020.-
12/14/19 AGO. LIQ. Nº 20996 $801,00.-