BOLETÍN OFICIAL Nº 96 – 10/08/20
DECRETO ACUERDO Nº 477-H-2020.-
Ciudad Perico, 12 de Junio de 2020.
VISTO:
El “Estado de Crisis y Emergencia Municipal” declarado mediante Decreto Acuerdo N° 046 – G- 2020; la Emergencia Nacional declarada por Ley N° 27.541; el estado general del Cementerio “San José”; el informe remitido en fecha 10/06/2020 por la Sra. Encargada del Cementerio “San Jose”;
CONSIDERANDO:
Que, luego de 6 meses de la actual gestión municipal se han podido advertir graves deficiencias e irregularidades en el estado general de funcionamiento y administración del Cementerio Municipal San José.
Que, se advierten graves problemas estructurales, con obras inconclusas y defectuosas, que ponen en riesgo la salud de los empleados y visitantes, imponiendo la inmediata obligación de tomar medidas urgentes para evitar que de tal situación se deriven consecuencias aún más gravosas.
Que, un análisis detallado de la situación administrativa del Cementerio, evidenció que durante los ultimo 20 años, existió un irresponsable manejo y administración de la necrópolis municipal, razón por la cual, resulta urgente arbitrar las medidas que fueran necesarias para evitar que la situación se torne aún más delicada.
Que, resulta doloroso el estado general de gran parte del Cementerio, siendo necesario tomar las medidas adecuadas para no seguir mancillando la honra ni la memoria de nuestros ilustres antepasados.
Que, se han detectado irregularidades vinculadas con el traslado de cuerpos, la inhumación y exhumación de algunos restos, y sobre el destino de los restos de algunos fallecidos. Irregularidades, respecto de las cuales se hace necesario dar inmediata cuenta a la Justicia.
Que, se heredó una lamentable Administración Municipal en el Cementerio Municipal, existiendo actos administrativos no registrados, registrados a destiempo o defectuosamente. Así también se ha observado en una gran cantidad de expedientes y trámites administrativos, que se han sustanciado sin respetar los principios elementales del derecho administrativo.
Que, este desorden administrativo imperante, coloca al Municipio en la posibilidad de generar lesiones, especialmente siendo un espacio de tan sensible sentir para los intereses de todas las periqueñas y periqueños.
Que, la presente disposición se fundamenta en la necesidad de regularizar el caos imperante y generar las condiciones necesarias para normalizar las deficiencias en las instalaciones, funcionamiento y administración del Cementerio Municipal.
Que, el desarrollo de las actividades municipales debe estar orientado a la prestación de los servicios públicos que tiendan a la satisfacción de las necesidades y aspiraciones de la Comunidad (art. 181 Constitución de la provincia de Jujuy).
Que, es obligación inherente e ineludible del Municipio garantizar la seguridad, salubridad e higiene en los ambientes municipales y de acceso público municipal. (art. 184, inc. 5 y 6 de la Constitución de la Provincia de Jujuy).
Que, corresponde al Municipio de Perico efectuar todas las acciones tendientes a la administración de sus bienes (art. 190, inc. 5 de la Constitución de la provincia de Jujuy) y de la prestación de servicios públicos (art. 190, inc. 9 Const. Prov.),
Que, el presente Decreto se dicta de conformidad con lo prescripto por el art. 67 (inc. 9, 20, y 23); 70 (inc. 1, 2, 6, 9, 10 y 11) 71 (inc. 1, 2, 4, 12 y 14) y cc. de la Carta Orgánica de Perico.
Por todo ello,
EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO, CON ACUERDO GENERAL DE LOS SRES. Y SRAS. SECRETARIOS.
DECRETA:
ARTICULO 1: Declárese al “Cementerio Municipal San José” en “Estado de Emergencia”, por los fundamentos esgrimidos en el exordio, a partir de la publicación del presente y por el término de 24 meses. –
ARTICULO 2: Créase una “Comisión de Investigación y Apoyo” por el término de 365 días, que estará compuesta por 1 (un) represente de cada Secretaría del Municipio y 1 (una) persona por el Departamento de Legales, para que efectúen las acciones necesarias tendientes a determinar, investigar y recopilar las pruebas y documentación necesaria que den cuenta del estado de situación administrativa del Cementerio San José de Perico y colabore con la Administración del mismo.-
ARTICULO 3: Dispóngase que las Secretarías y demás dependencias oficiales, deberán adoptar las medidas necesarias para superar de inmediato el estado de emergencia dispuesto en el artículo primero, y en tal sentido establecerán las resoluciones de excepción tendientes a tal fin. El accionar de las tareas municipales será coordinado por la Jefatura de Gabinete del Municipio.-
ARTICULO 4: Crease el “Registro de Antecedentes Necrópolis San José”, el que quedara bajo la Administración del Cementerio Municipal, y será confeccionado con la colaboración de la Comisión de Investigación y Apoyo, y formato papel y soporte digital.-
ARTICULO 5: Dispóngase la obligación de toda persona que tenga y/o se considere titular de algún derecho, interés legítimo, concesión, uso, usufructo, tenencia y/o cualquier otro derecho y/o facultad y/o prerrogativa sobre los lotes, nichos, parcelas y terrenos del Cementerio Municipal, para que se presente en el término de 180 (Ciento Ochenta) días por ante la Administración del Cementerio San José, a fin que se proceda a su registro y a la preservación de todos los intereses que se declaren y registren. En caso que no se presentasen a ejercitar los derechos y/o prerrogativas que sean necesario invocar, la Administración remitirá los antecedentes necesarios a la Comisión de Investigación y Apoyo que emitirá un dictamen fundando a fin de efectuar las acciones administrativas pertinentes para desafectar y/o notificar a los organismos públicos y a la justicia en caso de ser necesario, destacando que, la no presentación por parte de los interesados, facultará a la Administración de la Necrópolis San José a adoptar las medidas administrativas pertinentes para solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, desadjudicar los lotes, parcelas y/o terrenos que no se registren.-
ARTICULO 6: Dese amplia difusión a lo dispuesto en el artículo precedente, por los medios locales, redes sociales y por cartelería en la Necrópolis San José y en las oficinas municipales que se estime pertinente.
ARTICULO 7: Ejecútense, por Jefatura de Gabinete, las acciones y la emisión de disposiciones necesarias a fin de preservar y digitalizar la documentación del Cementerio, garantizando el mayor resguardo posible de los bienes muebles y documentos municipales.-
ARTICULO 8: Establézcase por la Sub – Secretaria de Planificación, un plan destinado al mejoramiento y/o ampliación edilicia necesaria a fin de garantir la prestación de los servicios en la necrópolis San José, asegurando, los estándares de higiene y seguridad del trabajo y las distintas variables urbanísticas correspondientes, ajustando el mismo a la disponibilidad de los recursos existente y bregando por un uso eficiente y racional de los mismos, teniendo como premisa principal una mínima adecuación de los respectivos lotes y parcelas.-
ARTICULO 9: Comuníquese lo dispuesto a todas las áreas intervinientes del Departamento Ejecutivo Municipal. Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante de ciudad Perico, a sus efectos. Publíquese en el Boletín Oficial y Dese amplía difusión. Dese el curso correspondiente y cúmplase.-
Lic. Luciano Demarco
Intendente