BOLETÍN OFICIAL Nº 94 – 05/08/20
EXPTE. N° 0400-3614-01.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 AGO. 2003.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el día 06 de Agosto se celebra la festividad religiosa en honor al “Santísimo Salvador”, patrono de la Ciudad de San Salvador de Jujuy;
Que esta festividad constituye una tradición profundamente arraigada en el sentimiento de la comunidad católica, por lo que resulta propicio otorgar el marco trascendente que su celebración conlleva;
Que, a tales fines, se hace necesario declarar un receso laboral en la citada fecha dentro del marco de competencia determinado por la Constitución Provincial;
Que tal medida se dicta todos los años a través del ordenamiento pertinente, conforme la celebración religiosa anual, ante lo cual es criterio dictar un acto administrativo de carácter permanente;
Por todo ello, y en uso de las facultades que lo son propias,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Declarase DIA NO LABORABLE, y consecuentemente asueto administrativo y escolar -en todos los niveles- en el ejido de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, los días 06 DE AGOSTO de cada año, con motivo de celebrarse la Fiesta Patronal del “Santísimo Salvador”.-
ARTICULO 2°.- Concordante con lo establecido por el Artículo precedente, invitase al Poder Legislativo; Poder Judicial, organismos oficiales nacionales con asiento en esta Ciudad, la Banca y actividad privada, a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 3°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Contaduría de la Provincia, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal y Secretaría de Educación para conocimiento y demás efectos de competencia.-
Eduardo Alfredo Fellner
Gobernador