BOLETÍN OFICIAL Nº 89 ANEXO – 27/07/20

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN

ACUERDO N° 009/CD/2020.-

CIUDAD DE EL CARMEN, 18 JUN. 2020.-

VISTO:

El artículo 100 de la Ley Orgánica de Municipios Nº 4.466, el artículo 124 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, el Decreto N° 207/DE/20, referido a la “Modificación del Artículo 6 del Decreto Acuerdo Nº 184/DE/2020” y;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Nº 207/DE/20 modifica el artículo 06 del Decreto Acuerdo Nº 184/DE/2020 estableciendo un horario en el cual desarrollaran sus actividades los rubros comprendidos en el inciso 11 del artículo 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020.-

Que, la jornada abarcará la franja horaria de 07:00 a 20:00 hs. de lunes a sábados y de 08:00 a 20:00 hs los domingos y feriados solamente para comercios como supermercados, despensas, almacenes y similares de carácter alimentario.-

Que se exceptúan de esta disposición las farmacias y las estaciones de servicios.-

Que, el Ejecutivo Municipal podía válidamente dictar esas medidas dentro del contexto actual remitiendo a este Cuerpo Deliberativo para prestar acuerdo.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN

SANCIONA CON FUERZA DE ACUERDO Nº 009/CD/2020

ARTÍCULO 1º: Prestar ACUERDO al Decreto N° 0207/DE/2020 de “Modificación del 6 del  Decreto-Acuerdo Nº 184/DE/2020”.-

ARTÍCULO 2º: Previa toma de razón, pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y efectos. Regístrese.  Publíquese. Cumplido, archívese.-

 

Rosana M. Sánchez

Presidente