BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 24/07/20
El Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8- de la Provincia de Jujuy, en el Expediente B-221751/09-Tribunal de Trabajo-Sala III- Vocalía 8 Indemnización por Despido y Otros Rubros. Despido RIOS, RICARDO WASHINGTON c/ COOPERATIVA DE TRABAJO TRANSPORTE AUT. DE PASAJEROS EL SALVADOR LIMITADA, notifica a la demandada Cooperativa El Salvador Ltda. el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 01 de junio de 2016.- Atento a las constancias de autos declárese la rebeldía de Cooperativa El Salvador Ltda….”.- “San Salvador de Jujuy, 07 febrero de 2020.- Atento a las constancias de autos y a fin de evitar nulidades, notifíquese el I párrafo de la providencia de fs. 222, y la resolución de fs. 344/347, a la Cooperativa El Salvador Ltda., mediante edictos, quedando a cargo de la Dra. Patricia Quiroga la confección y el diligenciamiento del mismo.- Al escrito de fs. 384, estése a lo dispuesto precedentemente.- Notifíquese por cédula. Fdo. Agustín Ontiveros Juez Ante Mi Dr. Federico Mercado Secretario”.- Dado, Firmado y Sellado, en la sala de mi público despacho en la ciudad de San Salvador de Jujuy, 12 de Marzo del 2020.-
24 JUL. LIQ. N° 20509 $267,00.-