BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 08/07/20

DECRETO N° 1167-MS/2020.-

EXPTE. N° 1415-001/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 JUN. 2020.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales el Servicio Penitenciario de la Provincia, solicita autorización para iniciar los trámites legalmente establecidos para proceder a la selección y posterior incorporación de personal profesional con el grado de Subayudantes, conforme las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario de Jujuy, (Decreto Nº 20-G/71); y

CONSIDERANDO:

Que, se inician las presentes, dando cuenta de la necesidad de acrecentar la planta de profesionales en cada uno de los establecimientos carcelarios provinciales, con motivo del aumento cualitativo y cuantitativo de las obligaciones que enfrenta el personal penitenciario, solicitándose la designación de ocho (08) Médicos Clínicos, dos (02) Médicos Psiquiatras, seis (06) Enfermeros, dos (02) Fisioterapeutas, doce (12) Psicólogos, seis (06) Licenciados en Trabajo Social, tres (03) Licenciados en Nutrición, un (01) Odontólogo y un (01) Licenciado en Educación de la Salud;

Que, rolan Bases y Condiciones para el Concurso Público de Antecedentes de Profesionales, propuestas por el Servicio Penitenciario de la Provincia;

Que, la Dirección General de Auditoría Legal del Ministerio de Seguridad refiere que desde el aspecto legal, el capítulo VI del Decreto Nº 20-G/71 apartado III establece como condición sine qua non que el ingreso al Escalafón Profesional se realizará por Concurso de Oposición y Antecedentes, con lo cual el Reglamento analizado y el procedimiento instado en autos cobran valor legal para otorgar la viabilidad al presente trámite, no existiendo inconveniente legal para autorizar al Servicio Penitenciario de la Provincia a llamar a Concurso Público de Antecedentes y Oposición para el personal profesional;

Que, el Servicio Penitenciario informa la existencia de las vacantes para el ingreso del personal profesional con el grado de Subayudantes, como así la imposibilidad de realizar una conversión de cargos en pos de conseguir las vacantes correspondientes conforme la reglamentación vigente, atento a la necesidad de urgencia para la tramitación de la incorporación del personal profesional;

Que, Fiscalía de Estado considera que de acuerdo a las disposiciones legales que rigen el nombramiento dentro del Servicio Penitenciario (Decreto Ley Nº 20-G/71),  debe ser refrendada por Decreto del Ejecutivo Provincial,  para lo cual deben contar con los cargos previstos, sin embargo y teniendo en consideración la urgencia en la incorporación del personal profesional para un normal desenvolvimiento de cada área específica, estimo que se podrá por única vez autorizar la incorporación del personal profesional antes referido, en el cargo de Subayudante, resultando pertinente autorizar al Servicio Penitenciario al llamar a Concurso Público de Antecedentes y Oposición;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizar al Servicio Penitenciario de Jujuy, en el marco del Decreto Ley Nº 20-G/71, al llamado a CONCURSO PÚBLICO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION, para la incorporación de ocho (08) Médicos Clínicos, dos (02) Médicos Psiquiatras, seis (06) Enfermeros, dos (02) Fisioterapeutas, doce (12) Psicólogos, seis (06) Licenciados en Trabajo Social, tres (03) Licenciados en Nutrición, un (01) Odontólogo, un (01) Licenciado en Educación de la Salud, a la planta permanente del Servicio Penitenciario, quedando expresamente facultado el mencionado organismo, para continuar conforme el Reglamento del Concurso de Admisión para profesionales.

ARTICULO 2°.- Tomen razón Fiscalía de Estado, pase al Boletín Oficial para su publicación en forma íntegra y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Siga al Servicio Penitenciario de Jujuy para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.-

 

C.P.N. Gerardo Rubén Morales

Gobernador