BOLETÍN OFICIAL Nº 78 – 29/06/20

DECRETO ACUERDO N° 1188-G/2020.-

EXPTE. N° .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 JUN. 2020.-

VISTO:

Las Leyes Provinciales Nº 6157, Nº 6159, Nº 6164, los Decretos Acuerdo N° 696-S-2020, Nº 741-G-2020, Nº 760-G-2020, Nº 1.145-G-2.020; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Acuerdo N° 1145-G-2020, se dispuso cuarentena obligatoria en la Provincia de Jujuy, rigiendo en forma estricta el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” en el territorio provincial, con Fase Uno (1) de rigor y controles.

Que, constituyen medidas excepcionales, de emergencia, por la compleja situación epidemiológica nacional e internacional, frente al imperativo de contrarrestar la propagación del virus SARS-COVID-19 (coronavirus).

Que, detectados casos en las localidades de Perico, Caimancito y Abra Pampa, aún aislados, pero cada vez más numerosos, alarman de horas críticas en la protección sanitaria y seguridad de los ciudadanos, resultando prioritario, avanzar en normas preventivas, oportunas e integradas, por el peligro cierto de contagios masivos.

Que, existe la decisión inflexible de evitar riegos al Sistema Provincial de Salud.

Por lo expuesto, en uso de facultades que son propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Prohíbese el desplazamiento de ciudadanos desde los Municipios de Abra Pampa, Caimancito y Perico, al resto del territorio provincial, salvo, estrictamente, por cuestiones de seguridad y salud, y/o supuestos de excepción expresamente autorizados por el Comité Operativo de Emergencia (COE).-

ARTICULO 2º.- Regirá el Decreto Acuerdo Nº 741-G-2.020.-

ARTICULO 3º.- Facúltase al Comité Operativo de Emergencia (COE) para flexibilizar la medida dispuesta en el presente ordenamiento.-

ARTICULO 4º.- Dese a la Legislatura Provincial para su ratificación.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Desarrollo Humano, Salud, Educación, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo, Ambiente, y Seguridad. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia, para demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR