BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 02/05/16
La Dra. Elsa Rosa Bianco, Jueza habilitada de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala II, Vocalía Nº 6 en el Expte. Nº B-277.564/12, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: Centro Vecinal 1º de Marzo Social, Cultural y Deportivo c/ Cormenzana, Pablo y Cormenzana Balbino”, ha dictado el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy 23 de febrero del año 2016. I-Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por la Dra. Mariela Argañaraz a fs. 161 y en virtud de lo previsto por el Art. 298-2° apartado del C.P.C., dése por decaído el derecho a contestar la demanda a los herederos de quien en vida fueran Balbino Manuel Cormenzana y Pablo Cormenzana. En consecuencia, desígnese como representante de los mismos a la Sra. Defensora Oficial de Pobres y Ausentes-Dra. Maria Julia Garay. II-Sin perjuicio de la designación dispuesta precedentemente, actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 del C.P.C. imponese al proponente la carga de confeccionar los edictos correspondientes para la notificación del decaimiento ordenado en el párrafo precedente a los fines de la notificación a la demandada para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en secretaría de esta Sala. III-El pedido de apertura a prueba y fijación de audiencia de vista de causa solicitado por la actora téngase presente para su oportunidad. IV-Notifíquese por Cédula y a los herederos de quien en vida fueran Balbino Manuel Cormenzana y Pablo Cormenzana mediante edictos, los que se publicaran por tres veces en quince dias en el boletín oficial y un diario local.- Fdo: Elsa Rosa Bianco (por habilitación)-Vocal-Por Ante mi: Dra. Agustina Paola Taglioli- Firma Habilitada”.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en quince días.- San Salvador de Jujuy, 12 de Abril de 2016.-
25 ABR. 02/09 MAY. LIQ. Nº 117643 $270,00.-