BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 17/06/20

“Camara Civil y Comercial- Sala Segunda, Vocalía Nº 6 Dr. Enrique R. Mateo, en el Expte. N° C-017306/2013, caratulado: “Prescripcion Adquisitiva de Inmuebles en Expte. C-003266/2013: LOPEZ ASUNTA c/ ESTADO PROVINCIAL, se ha dispuesto lo siguiente: proveído:” A despacho hoy 27 de Abril de 2020 informando a V.S. que los presentes obrados se encontraban en despacho de auxiliares sin decretar los escritos de fs. 171 y 172 de autos.- A su vez informo que aquellos que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir se encuentran debidamente notificados habiendo vencido el plazo otorgado para contestar demanda, sin que hubieran comparecido atento constancias de fs. 38 a 46 de autos.- San Salvador de Jujuy, 27 de Abril de 2020.- Téngase presente lo informado por la Actuaria.- Atento a las constancias de autos, hágase efectivo el apercibimiento con el cual fuere notificado y dese por decaído el derecho a contestar demanda a “quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir…”, notifíquese la presente por edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días (Ley N° 5486), oportunamente y si correspondiere se designará al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes en su representación.- Al escrito de fs. 171/172: Estese a lo dispuesto precedentemente.- Notifíquese por Cédula.- Fdo. Dr. Enrique R. Mateo- Juez- Ante mí: Dra. Marcela Vilte- Secretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 11 de Mayo de 2.020.-

 

17/19/22 JUN. LIQ. Nº 20844 $801,00.-