BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 02/05/16
Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3-Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy en el EXPTE. Nº C-050947/15 caratulado: Ejecutivo: CARSA S.A. c/ Bautista Dante Jesús, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 11 de septiembre del 2.015.- Por presentada la Dra. Analía Almazan, por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación de C.A.R.S.A. S.A.C.E.I.,a merito de la copia de Poder General para juicios que debidamente juramentada rola a fs.9/10.- De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., requiérase de Pago, Ejecución y Embargo al demandado Sr. Dante Jesús Bautista, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CINCUENTA Y SEIS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($29.056,81.-) en concepto de capital, con mas la de PESOS CATORCE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO CON CUARENTA CENTAVOS ($14.528,40-) presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada, y en caso de negativa, a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley.- En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez embargante.- Asimismo, cíteselo de remate, para que dentro de los cinco días de notificado, oponga excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Corrasele traslado del pedido de intereses y costa, con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo, y también por el mismo plazo señalado, se intimara al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de notificárseles en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P.C.).- Notificaciones en Secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- A tal fin líbrese mandamiento con las facultades inherentes del caso.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Fdo Dr. Marisa E Rondon- Juez-Ante Mi: Proc Marta J. Berraz de Osuna-Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco dias. Secretaria Habilitada: Dra. Maria Laura López Pfister.- San Salvador de Jujuy, 04 de febrero del 2016.
27/29 ABR. 02 MAY. LIQ. Nº 117655 $270,00.-