BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 10/06/20
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 6178
“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 26.743 DE IDENTIDAD DE GÉNERO”
ARTÍCULO 1º.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 26.743 de Identidad de Género.-
ARTICULO 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial para reglamentar la presente Ley, en un plazo de ciento ochenta (180) días.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de Mayo 2020.-
Dr. Nicolás Martín Snopek
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
C.P.N. Carlos G. Haquim
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-
EXPTE. Nº 200-130/20.-
CORRESP. A LEY Nº 6178.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 JUN. 2020.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente; Ministerio de Seguridad y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR