BOLETÍN OFICIAL Nº 68 – 08/06/20

Tribunal de Familia, Sala II, Vocalía 4, en el Expte. C-140404/19, caratulado: Ejecución de Honorarios en Expte. Principal 034860/2014”, se notifica al Sr. MENDOZA Alfredo Facundo, DNI 25.377.426, la siguiente providencia: “SAN Salvador de Jujuy,  20  de  Agosto  de 2019.- I.- Por presentado la Dra. Mariana Lorena Martínez, por sus propios derechos, por constituido domicilio legal y por parte.- II.- Atento a las constancias de autos, téngase por expedita la vía ejecutiva y de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento  de pago, ejecución y embargo en contra del demandado  por la suma de Pesos Once Mil Doscientos Cincuenta ($11.250) en concepto de capital y con mas la de Pesos Dos Mil Doscientos Cincuenta ($2.250) para responder a ulteriores del juicio. En defecto de pago, Trábese Embargo sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de Ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores. En el mismo acto cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- III.- Córrasele traslado del pedido de Intereses, con las copias respectivas, por igual termino que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- IV.- Por el mismo término intímeselo a constituir domicilio dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 el Item.- V.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al Sr. Oficial de Justicia, con las facultades que le fuere menester.- VI.- Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- VII.- Notifíquese por Cédula.- Diligencia a cargo del promotor de autos”.- Asimismo se hace saber al demandado que los plazos empezarán a computarse a partir del quinto día después de la última publicación y que en la vocalía se encuentran a su disposición las copias para traslado de la presente demanda.- Fdo. Dra. Estrella Eliazarian-Juez Dra. Adriana Herrera-Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 22 de Mayo de 2.020.-

 

03/05/08 JUN. LIQ. N° 20688-20709-20710 $801,00.-