BOLETÍN OFICIAL Nº 68 – 08/06/20

Dr. Matías Leonardo Nieto Juez Habilitado, del Juzgado Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaría Nº 17, hace saber que en el Expte. Nº D-28942/19, caratulado: “Pequeño Concurso Preventivo solicitado por ANDALUCIA S.R.L.”, se ha dictado la siguiente resolución: “San Pedro de Jujuy, 12 de mayo de 2020.- I- Téngase por presentado al Dr. Gustavo Nicolás Garlatti, en nombre y representación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a merito de la copia debidamente juramentada de Disposición 295/2017 (DGI) que adjunta, por constituido domicilio procesal, por parte.- II- Téngase presente solicitud reprogramación de plazos fs. 266/267.- III- Atento devolución de orden de pago judicial serie A Nº 1236616, anúlese la misma, en consecuencia, existiendo fondos depositados, líbrese orden de pago electrónica a favor de Armando Antonio Carrizo DNI Nº 10.552.514, por la suma de pesos ocho mil ($8.000) en concepto de capital. (Conf. Acordada 26/2020 y Resolución Nº 14 STJ).- IV- Vista solicitud de reprogramación de plazos por parte de la concursada y sindicatura, y ante las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno Nacional- aislamiento social, preventivo y obligatorio, Decreto del P.E.N. Nº 297/2020 y sus prorrogas, en consecuencia reprográmese las fechas dispuestas en el auto de apertura-fs. 112- y, dispónese que el día 01 de julio de 2020, vencerá el plazo para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación de créditos al síndico.  Establecer que el día 28 de agosto de 2020 deberá la sindicatura presentar los informe individuales y que el día 13 de octubre del 2020 deberá presentar el síndico un único informe general conforme se estableciera en el punto III- de la resolución de fs. 113 vta.  Asimismo intímese al sindico interviniente a denunciar domicilio, día y hora de atención a los fines de la verificación de crédito  (art. 52 CPC, art. 27 LCQ).- V.- Cítese a los interesados a la audiencia informativa prevista en el art. 14 inc. 10 de la ley 24.522 para el día 01 de Abril de 2021, a horas 09,00, por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaría Nº 17 y en concordancia, fijar el período de exclusividad hasta el día 13 de Abril de 2021.- VI.-   Dispónese la publicación de edictos de la presente providencia judicial, con cargo de diligencia a la concursada, durante cinco días en el Boletín Oficial y un Diario de Circulación local.- VII.- Franquéense autos al sindico interviniente las constancias del legajo de copias.- VIII- Notifíquese a la Sindicatura, y concursada por cédula, a los demás interesados tácitamente (Art. 273 inc.5º LCQ).-Publíquense edictos por cinco (5) días en Boletín Oficial y Diario Local.- San Pedro de Jujuy, 12 de Mayo de 2020.-

 

29 MAY. 01/03/05/08 JUN. LIQ Nº 20786 $943,00.-