BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 05/06/20
Dr. Jorge Daniel Alsina, Pte. de Tramite, en la Vocalía N° 5, de la Sala II, de la Cámara Civil y Comercial de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, en el Expte. N° C-023946/2014, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Expte. Principal B-265364/2011: CHOLELE, LUCILA RINA c/ CHOLELE, DOMITILA SENEN”, hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 13 de febrero de 2020.- I- Proveyendo la providencia de fs. 719: Téngase por presente lo manifestado por el Dr. Juan Llanos.- II- De la demanda ordinaria córrase Traslado a los herederos de quien en vida fuere DOMITILA SENEN CHOLELE y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir individualizado como Padrón A-24794, Circ. 1, Sección 18, Manzana R 7, Parcela 21, Matricula A-38773, ubicado en Barrio Cuyaya del Dto. Dr. Manuel Belgrano de esta Provincia, en el domicilio denunciado y con las copias respectivas, para que contesten demanda dentro del término de Quince Días, contados a partir de la última publicación de Edictos, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P.C).- III- Intímese a los demandados, para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores resoluciones cualquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley.- IV- Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- V- A tal fin, líbrese Edictos, debiendo publicarse en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en cinco días.- VI- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 y 72 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar la diligencia ordenada para su posterior control y firma.- VII- Notifíquese por cédula y a los demandados mediante Edictos.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina-Vocal.- Ante mi Dra. Aixa Yazlle-Prosecretaria”.- San Salvador de Jujuy, 18 de Mayo de 2020.-
01/03/05 JUN. LIQ. N° 20706 $801,00.-