BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 05/06/20
EXPTE. Nº 700-307/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 MAYO 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por no presentado el Reclamo Administrativo Previo a la Demanda Laboral por Enfermedad de Trabajo, por las razones expuestas en el exordio.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR