BOLETÍN OFICIAL Nº 65 – 01/06/20
EXPTE. Nº 0300-275/2014.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUN. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.– Otorgase Personería Jurídica a favor de la “ASOCIACION CIVIL UNION POPULAR” con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y cinco (35) Artículos y, como Escritura Pública N° 286/17 del Registro Notarial N° 25 de Jujuy, corre agregado de fs. 121 a 128vta. de
autos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR