BOLETÍN OFICIAL Nº 63 EDICION EXTRAORDINARIA – 28/05/20

DECRETO ACUERDO Nº 961-G/2020.-

EXPTE. Nº 0400-_-2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAYO 2020.-

VISTO:

La imperiosa necesidad de continuar protegiendo la salud de los habitantes de la Provincia de Jujuy, que impone disponer la adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 493/2020; y

CONSIDERANDO:

Que, el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Articulo 1º del citado instrumento, dispone prorrogar el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 7 de Junio de 2020 inclusive, en razón de las pautas de distanciamiento social revisten un rol de vital importancia para hacer frente a la situación epidemiológica y mitigar el impacto sanitario del COVID-19,

Que, el Gobierno Provincial, en consonancia con las disposiciones nacionales, ha implementado numerosas medidas para la contención de la epidemia, entre ellas el dictado del Decreto Acuerdo Nº 804-G-2020, que adhirió a la prorroga del plazo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 459/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.-

Que, el escenario actual, de naturaleza cambiante y dinámica, impone ampliar el conjunto de medidas restrictivas de carácter excepcional dictadas, minimizando riesgos derivados de la situación de emergencia sanitaria y epidemiológica;

Por, ello en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a la prorroga del plazo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 493/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.-

ARTICULO 2º.- Prorrogase hasta el día 7 de Junio, inclusive, la vigencia de todos los dispositivos legales dictados con motivo de la emergencia sanitaria y epidemiológica en el territorio de la Provincia de Jujuy, cuya anterior prorroga se dispuso por Decreto – Acuerdo Nº 804-G-2020.-

ARTICULO 3º.- Dese a la Legislatura de la Provincia para su ratificación.-

ARTICULO 4º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y pase al Boletín Oficial para su publicación y Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Desarrollo Humano, Salud, Educación, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo. Ambiente y Seguridad. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR