BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 27/05/20
Dra. Lis Valdecantos Bernal, Juez Habilitada de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. FRANCO, MARIO NICOLAS DNI Nº 28.975.078 que en el Expte. Nº C-098560/17, caratulado: “Ejecutivo: CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ FRANCO MARIO NICOLAS” se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 27 De Febrero del 2.020.- Autos y Vistos…Considerando…Resuelve: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CASTILLO SACIFIA, en contra de FRANCO MARIO NICOLAS, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de Pesos Veintitrés Mil Cuarenta ($23.040) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, 25/04/16 y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios.- 2º) Imponer las costas a la demandada vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 3º) Diferir la regulación de los honorarios profesionales del letrado interviniente hasta tanto se practique y apruebe planilla de liquidación, la que deberá ser presentada por la actora dentro de los cinco días de quedar firme la presente, debiendo calcular los intereses conforme a lo precedentemente establecido.- 4º) Notificar por Edictos y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos-Juez Habilitada ante mi: Dr. Mauro Di Pietro-Secretario”.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 04 de Marzo de 2.020.-
22/27/29 MAY. LIQ. N° 20632 $801,00.-