BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 18/05/20
El Tribunal de Familia-Sala I- Vocalía 2, en el Expte. Nº C-114675/18, caratulado: “CUIDADO PERSONAL DE HIJOS ESTRADA, VICTOR MANUEL c/ VEGA GAMARRA, ANALIA” notifica las siguientes providencias: “San Salvador de Jujuy, 22 de Junio de 2.018.- Por presentado el Sr. VÍCTOR MANUEL ESTRADA quién lo hace por sí y representación de su hija menor de edad Celeste Abril ESTRADA con el patrocinio letrado del Dr. Rubén Alejandro González, por constituido domicilio legal.- Admítase la presente acción de CUIDADO PERSONAL UNILATERAL DE HIJO promovida por el Sr. VÍCTOR MANUEL ESTRADA a favor de la menor Celeste Abril ESTRADA, désele el trámite del Art. 395 y s.s. del C.P.C. y en contra de la accionada Sra. ANALIA VEGA GAMARRA.- Por ofrecida la prueba, agréguese y téngase presente.- Cítase a las partes para el día del mes de…del año 2.018, a hs…ante éste Tribunal de Familia, Vocalía N° 2 sito en calle Gral. Paz Nº 625 de ésta Ciudad, a la que deberán concurrir la demandada a ejercitar su defensa provisto de los documentos que posea y a indicar los demás medios de prueba de que intente valerse.- Todo bajo apercibimiento de que si no concurre se tendrán por ciertos los hechos afirmados por la actora.- Hágase saber a la actora que en caso de inconcurrencia injustificada, se la tendrá por desistida de la demanda.- De las Medidas Cautelares peticionadas, ha lugar, en su mérito se prohíbe la salida del país de la menor CELESTE ABRIL ESTRADA, DNI Nº 47.937.874 debiendo permanecer bajo la Guarda Transitoria del Sr. VÍCTOR MANUEL ESTRADA, DNI Nº 27.275.492 en el domicilio sito en calle Dalmatas Nº 6, Manzana 3, Lote 8 del Barrio San Roque de la Ciudad de Palpalá.- Oportunamente dése intervención al Ministerio de Menores.- Diligencias a cargo del Dr. Rubén Alejandro González (Arts. 50 y 72 del C.P.C.).- Notifíquese Arts. 155 y 156 del C.P.C. Fdo.: Dr. Jorge Eduardo Meyer-Juez, Ante mí: Dra. Carolina Burgos – Prosecretaria” Y “San Salvador de Jujuy, 12 de Diciembre de 2.019: Atento a las constancias de autos y lo solicitado por el Dr. González en el escrito que antecede, líbrese Edictos a fin de notificar a la demandada de lo proveído a fs. 17 de los presentes autos el que deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días, haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación.- Diligencias a cargo del presentante de autos. Notifíquese por cédula (art. 155 C.P.C.) Fdo. Dr. Jorge Eduardo Meyer-Juez- ante mi Dra. Patricia Carolina Burgos-Prosecretaria.”- Secretaria: Dra. Carolina Burgos.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 11 de Enero de 20120.-
18/20/22 MAY. LIQ. N° 20258-20259 $801,00.-