BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 13/05/20

DECRETO ACUERDO N° 865-S/2020.-

EXPTE. N° .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 MAYO 2020.-

VISTO:

Los flecheros de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297/2020, N° 328/2020, N° 355/2020, y prorrogas; Decretos Acuerdo Provinciales N°  696-S-20, 741-G-20, 750-G-20, 762-G-20 y normas concordantes, y,

CONSIDERANDO:

Que, la medida de  Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio” dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional can los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/2020, N° 328/2021 N° 355/2020, y prórrogas -concordante con la Declaración de Emergencia Sanitaria y Epidemiológica consagrada por los Decretos Acuerdo Provinciales N° 696-S-20, 741-G-20, 750-G-20, 762-G-20 y normas complementarias, decide mareos de excepcionalidad y emergencia por la compleja  nacional e internacional,  a partir de la propagación acelerada a nivel mundial del COVID-19 (conoravirus).-

Que, el contexto, demostró la celeridad en la acción y toma de medidas preventivas por el Gobierno Provincial, por la manda constitucional de proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, conteniendo la progresión de la enfermedad, y reforzando el sistema de salud.

Que, con el presente Decreto Acuerdo, se deciden sostener y asegurar, prevención, protección y profilaxis frente a la pandemia, dentro del territorio provincial

Por ello, en uso de facultades que son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA

ARTÍCULO 1°.-  Prorrogase, con carácter preventivo y por el plazo, de sesenta (60)  días corridos a partir de la firma del presente, las prohibiciones y suspensiones establecidas en los Artículos establecidas en los Artículos 3°, 4° y 5° del Decreto Acuerdo N° 696-S-2.020. Regirán las excepciones, facultades e instrucciones que surgen de dichos Artículos.-

ARTICULO 2°.-  Ratificase las disposiciones contenidas en los articulas 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 12° del Decreto Acuerdo N° 696-S-2.020.-

ARTICULO 3°.- Dese a la Legislatura para su ratificación.

ARTÍCULO 4°.-  Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión, Siga sucesivamente a los Ministerios de Gobierno y Justicia, Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Desarrollo Humano, Educación, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo, Ambiente y Seguridad Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR