BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 13/05/20
Ref. Expte. Nº C-081733/16, caratulado: “GARCIA MORITAN MATILDE c/ ZALAZAR DIEGO RAMON; CABERO FERNANDA AGUSTINA; y OTROS- Daños y Perjuicios”.- La Cámara en lo Civil y Comercial Sala II, Vocalía 4, ha dispuesto en los autos del rubro, se proceda a la publicación de edicto por tres días dentro de un período de cinco días, del proveído que a continuación de transcribe: “San Salvador de Jujuy, 01 de Febrero de 2018.- I- Proveyendo a la presentación de la DRA. ITATI ELIAS obrante a fs. 12/81 de autos: téngase por ampliada la presente demanda.- II- De la demanda ordinaria y su ampliación córrase Traslado a DIEGO RAMON ZALAZAR; (…) para que contesten dentro del término de quince días hábiles; contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho para hacerlo, si así no lo hicieren (Art. 298 del C.P.C.).- III- Intímense al accionados, para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles las posteriores resoluciones cualquiera fuere su naturaleza por Ministerio de Ley.- IV- Notificaciones en Secretaria: Martes y Jueves o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- V- Actuando en autos el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C. impónese la carga de confeccionar la notificación para su posterior control y firma del Tribunal.- VI- Notifíquese por Cédula y a los accionados en el domicilio denunciado.” Fdo. Dr. Enrique Mateo -Juez- ante mí: Dr. Néstor de Diego -Secretario.- Asimismo se hace saber que quedan autorizados para diligenciar el presente la Dra. Itati Elías M.P. 2414 y/o personas que la misma designe.- Diligenciado el presente, servirá remitirlo con todo lo actuado al Tribunal interviniente.-
13/15/18 MAY. LIQ. Nº 20544 $801,00.-