BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 29/04/20

DECRETO-ACUERDO  Nº 792-G/2020.-

RATIFICADO POR LEY N° 6169

EXPTE. Nº 400-   -2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2020.-

VISTO:

La imperiosa necesidad de continuar protegiendo la salud de los habitantes de la Provincia de Jujuy, que impone disponer la adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 408/20; y

CONSIDERANDO:

Que, el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Articulo 1º del citado instrumento,   dispone prorrogar el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el  día 10 de Mayo de 2020 inclusive;  en razón que las pautas de distanciamiento social revisten un rol de vital importancia para hacer frente a la situación epidemiológica y mitigar el impacto sanitario del COVID-19;

Que, el Gobierno provincial, en consonancia con las disposiciones nacionales ha implementado numerosas medidas para la contención de la epidemia, entre ellas el dictado del Decreto-Acuerdo  Nº 762-G-2020, que prorrogaba el plazo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 355/2020 del Poder Ejecutivo Nacional;

Que, el escenario actual, de naturaleza cambiante y dinámica, impone ampliar el conjunto de medidas restrictivas de carácter excepcional, minimizando riesgos derivados de la situación de emergencia sanitaria y epidemiológica;

Por ello en uso de las facultades que le son propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a la prórroga del plazo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 408/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.-

ARTICULO 2º.- Prorrógase hasta el día 10 de Mayo de 2020 inclusive, la vigencia de todos los dispositivos legales dictados con motivo de la emergencia sanitaria y epidemiológica en el territorio de la Provincia de Jujuy, dispuesta por Decreto-Acuerdo Nº 762-G-2020.-

ARTICULO 3º.- Dése a la Legislatura de la Provincia para su ratificación.-

ARTICULO 4º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y pase al Boletín Oficial para su publicación y Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Hacienda y Finanzas,  Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Desarrollo Humano, Salud, Educación, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo, Ambiente y Seguridad. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR