BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 20/03/20

Dr. Diego Armando Puca, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, Secretaría N° 4, en el Expediente N° C-48609/2015, caratulado: “Ejecutivo: LAS DELICIAS COUNTRY CLUB S.A. c/ LAVALLE SOCIEDAD ANÓNIMA” se notifica por este medio al demandado, LAVALLE SOCIEDAD ANÓNIMA, la siguiente Sentencia: “San Salvador de Jujuy, 22 de Noviembre de 2019.- Autos y Vistos: Los de este Expte. Nº C-048609/15, caratulado: “Ejecutivo: LAS DELICIAS COUNTRY CLUB c/ LAVALLE SOCIEDAD ANONIMA, de los que: Resulta:…- Que por todo lo expuesto, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de la Provincia de Jujuy, Resuelve: 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por LAS DELICIAS COUNTRY CLUB en contra LAVALLE SOCIEDAD ANONIMA, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de Pesos Ciento Noventa y Cinco Mil Diez c/75/100 Ctvs. ($195.010,75) con más los intereses que correspondan conforme a la tasa activa cartera Gral. (Préstamos) nominal anual vencido a treinta días del Banco de la Nación Argentina, desde la mora hasta su efectivo pago, con más IVA si correspondiere.- 2) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en autos.- 3) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 4) Hacer efectivo el apercibimiento ordenado oportunamente, notificando la presente resolución por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de Ley, (Art. 52 del C.P.C.).- 5) Firme la presente por secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- 6) Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- Fdo Diego Armando Puca Juez, Ante Mi Dra. Tejerina Silvana, Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 26 de diciembre de 2019.-

 

16/18/20 MAR. LIQ. Nº 20380 $801,00.-