BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 18/03/20
EXPTE. Nº 1056-12795/16.-
Agreg.: 1056-10962/15;1056-16560/13, 1056-6761/15.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 JUL. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese la aplicación de la sanción expulsiva de EXONERACION, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 174 inciso 2, Artículo 100 inciso 1, 15, 21, 24 de la Ley N° 3161/74 al Sr. Cesar Marino Vilte, D.N.I. N° 18.608.439, y al Sr. Ernesto Javier Gutiérrez D.N.I. N° 26.285.077, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Dispónese la aplicación de la sanción disciplinaria de SUSPENSION POR TREINTA DIAS, SIN PRESTACIÓN DE SERVICIOS NI GOCE DE HABERES, a los agentes Silvia Noemí Baldiviezo Miranda, D.N.I. N° 28.175.329, Categoría 04 Contratada, y al Sr. Sergio Aníbal Salas D.N.I. N° 27.520.963 Categoría 04 Contratado, con cargos de horas en los Talleres de Artes Libres y Artesanías, por los motivos expuestos en el exordio.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR