BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 16/03/20

Cesión de Cuotas de Capital Social.- Entre los señores: MARINO LUIS STACCHIOLA, Documento Nacional de Identidad N° 25.954.232, cuil/t 20-25954232-5, soltero, con domicilio en calle Patricias Argentinas N° 478, 3° piso “D”, de esta ciudad; el Sr. LUIS MARINO STACCHIOLA, Documento Nacional de Identidad N° 10.616.877, cuil/t 20-10616877-7, casado, con domicilio en Ruta Provincial N° 1, Km. 18, Alto La Torre, de la ciudad de Palpalá y el Sr. RAUL ALBERTO STACCHIOLA, Documento Nacional de Identidad N° 16.591.605, cuil/t 20-16591605-1, divorciado, domiciliado en calle Dorrego N° 262, del Barrio Gorriti de esta Ciudad, quien concurre a este acto en nombre y representación de SOFIA STACCHIOLA, D.N.I. N° 39.808.751, CUIL/T: 27-39808751-3, argentina, soltera, con igual domicilio que su mandante, a mérito de Poder General Amplio de Administración y Disposición, conferido a su favor mediante Escritura Pública N° 298 autorizada por ante Escribana MARIA SOLEDAD CONGIU, Adscripta al Registro Notarial N° 6, con facultades suficientes y plenamente vigentes para este acto, han convenido en celebrar CONTRATO DE CESION DE CUOTAS DE CAPITAL social de la razón social “AVIAGRO S.R.L.”, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: Y el Sr. MARINO LUIS STACCHIOLA concurre a este acto en su calidad de Socio de la Sociedad que gira bajo el nombre de “AVIAGRO S.R.L.”, CUIT 30-70983104-2, con domicilio en Ruta Provincial N° 49, kilómetro 18, Alto La Torre, Departamento Palpalá, de esta Provincia, a merito de contrato constitutivo de “AVIAGRO S.R.L.”, de fecha 31/07/2006, inscripta en el Registro Público de Comercio de esta provincia, al Folio 512, Acta 499, Libro II de S.R.L., con copia bajo asiento N° 38 al folio 215/222. Al Legajo XI tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., San Salvador de Jujuy, 13 de septiembre del año 2006, por Permuta de Cuotas Sociales otorgada mediante Escritura Pública N° 153, de fecha 9/9/16, autorizada por el escribano titular del Registro Notarial N° 29, quien en adelante se denomina EL CEDENTE, es el titular de la cantidad de 500 cuotas sociales (de pesos cien $100) cada una, valor nominal, de la razón social “AVIAGRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.- SEGUNDA: Que por este acto Marino Luis Stacchiola por este acto Cede y Transfiere a favor de Sofía Stacchiola, representada por el Señor RAÚL ALBERTO STACCHIOLA, en adelante llamada LA CESIONARIA, la cantidad de 250 cuotas de capital que tiene y le corresponden en la razón social referida, (de pesos cien $100) cada una, valor nominal, representativas del 50% del capital social.- asimismo cede y transfiere a favor del Sr. LUIS MARINO STACCHIOLA, la cantidad de 125 cuotas (de pesos cien $100), cada una, valor nominal, representativas del 25% del capital social, quedando en su poder la cantidad de de 125 cuotas (de pesos cien $100), cada una, valor nominal, representativas del 25% del capital social, declarando que no tiene reclamo alguno que formular a sus cesionarios, que renuncia a todos sus derechos y aún a los beneficios sobre ejercicios anteriores respecto de los porcentajes cedidos y que tampoco tiene reclamo que formular a sus cesionarios.- TERCERA: La presente cesión es a título gratuito, sin cargo ni retribución alguna.- En consecuencia EL CEDENTE transmite a los cesionarios, quienes ACEPTAN, las cuotas en los porcentajes antes mencionados, que tiene sobre las cuotas de capital transferidas, colocándolos en el mismo lugar, grado y prelación con respecto a los porcentajes referenciados, quedando liberado de toda obligación y derecho en relación a la sociedad, respecto de los porcentajes cedidos.- CUARTA: La parte cedente declara que sobre ella ni sobre las cuotas sociales, recae interdicción o gravamen alguno que afecte su libre transmisibilidad.- QUINTA: Nueva Composición de los Miembros de la Sociedad y del Capital Social: Como consecuencia de la presente cesión los nuevos socios y el Capital Social de “AVIAGRO SRL”, queda de la siguiente forma: El Socio Sr. LUIS MARINO STACCHIOLA, la cantidad de 125 cuotas(de pesos cien $100) cada una, valor nominal, representativas del 25% del capital Social, el Sr. Marino Luis Stacchiola la cantidad de 125 cuotas(de pesos cien $100) cada una, valor nominal, representativas del 25% del capital Social y SOFÍA STACCHIOLA la cantidad de 250 cuotas de capital que tiene y le corresponden en la razón social referida, (de pesos cien $100) cada una, valor nominal, representativas del 50% del capital social.- SEXTA: En este acto los Sres. LUIS MARINO STACCHIOLA Y MARINO LUIS STACCHIIOLA, son designados como socios Gerente, de acuerdo al CAPITULO CUARTO: Artículo 9° del contrato constitutivo.- En tal sentido manifiestan su conformidad y aprobación a la presente, firmando al pie de la presente en prueba de ello.- SEPTIMA: Para todos los efectos judiciales del presente instrumento, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de San Salvador de Jujuy, renunciando a cualquier otro fuero inclusive al Federal si procediese.- OCTAVA: Las partes confieren autorización a la Escribana María Soledad Congiu y/o al Dr. Martín Emilio Stacchiola Navarro, para realizar todas las gestiones necesarias para obtener la Conformidad Administrativa del presente instrumento y la inscripción registral, con facultad para contestar observaciones otorgar escrituras complementarias de modificación, inclusive a la de denominación social, interponer y sostener recursos y en general realizar cuantos mas actos, gestiones y diligencias fueren conducentes para el mejor desempeño de la presente autorización.- En San Salvador de Jujuy, se firman cuatro ejemplares a los 06 días del mes de Diciembre del año dos mil dieciséis.- ESC. MARIA SOLEDAD GONGIU- ADS. REG. N° 06- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la Publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.- San Salvador de Jujuy, 21 de Febrero de 2020.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

16 MAR. LIQ. Nº 20319 $390,00.-