BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 13/03/20

Dra. Elba Rita Cabezas-Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial Sala I, Vocalía 1 de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. ALFREDO ARIEL DEL MONTE, D.N.I. N° 13.346.236, que en el Expte. N° C-117523/18, caratulado: “Cobro de Sumas de Dinero/Pesos: COLEGIO DE ABOGADOS DE JUJUY c/ ALFREDO ARIEL DEL MONTE “, se dictó el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, 03 de Julio de 2019.- I.- Al escrito de fs. 107: Atento lo solicitado e informe actuarial que antecede, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 95, 1° párrafo.- En consecuencia, dese al accionado ALFREDO ARIEL DEL MONTE, por decaído el derecho a contestar la demanda incoada en su contra (Art. 298 del C.P. Civil).- II.- No habiendo constituido domicilio legal, notifíquese la presente por Edictos y las posteriores providencias por Ministerio de Ley.- III.- A tales efectos, publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días, haciendo saber que se tendrá por notificado a partir de la ultima publicación de los mismos (Art. 162 del C.P.C.).- IV.- Oportunamente, se designará al Sr. Defensor Oficial civil.- V.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del art. 72 del C.P.C., impóngase a la proponente la carga de confeccionar los Edictos ordenados y presentarlos para su posterior control y firma.- Notifíquese por cedula.- Fdo. Dra. Elba Rita Cabezas-Juez-Ante Mi: Dra. Martina Cardarelli-Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 31 de Julio de 2019.-

 

11/13/16 MAR. LIQ. Nº 18939 $615,00.-