BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 13/03/20
EXPTE. Nº 715-1005/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DIC. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.– Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos- Ejercicio 2019- Ley Nº 6113, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”
SUPRIMASE:
Categoría Nº de Cargos
E(j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley 4418
Total 1
CREASE:
Categoría Nº de Cargos
A (j-2) 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley 4418
Total 1
ARTICULO 2°.- Téngase por designada interinamente a la Dra. MONICA ALEJANDRA PRIETO, CUIL 24-26285541-0, en el cargo categoría A (J-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4135 modif. N° 4418, para cumplir funciones de Médica en el Servicio de Guardia Pediátrica en la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 05 de julio de 2.018 y hasta tanto se realice el llamado a concurso pertinente.‑
ARTICULO 3°.- La erogación emergente del presente Decreto se atenderán con las partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2.019, Ley 6113, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2019:
La partida de Gasto en Personal asignada, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-03 Hospital Materno infantil Dr. Héctor Quintana.‑
EJERCICIOS ANTERIORES: (periodo no consolidado):
Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR