BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 11/03/20

Dr. Diego Armando Puca-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2- Secretaria Nº 4 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N°: C-126587/18 caratulado: “Ejecutivo: MENDOZA, SERGIO DANIEL c/ MENDEZ, SERGIO RODOLFO”, se notifica al Sr. MENDEZ SERGIO RODOLFO, DNI. Nº 22.461.773 el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 05 de Febrero de 2020.- Autos y Vistos: Los del presente Expte. C-126587/18 caratulado “Ejecutivo: MENDOZA SERGIO DANIEL c/ MENDEZ SERGIO RODOLFO, I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por MENDOZA SERGIO DANIEL en contra del SR. MENDEZ SERGIO RODOLFO hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Cincuenta y Tres Mil ($53.000) con más los intereses según lo expuesto en el considerando anterior tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada ésta a la fecha denunciada en el escrito de demanda (20/11/2018), y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijarán en un 50% de los moratorios, con más I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 C.P.C.).- III.- Diferir la regulación de horarios hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en autos.- IV.-Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 6 en contra del demandado mandándose notificar la presente Resolución mediante cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente por secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Diego Armando Puca Juez, Ante Mi Dra. Elisa Marcet, Firma Habilitada.- Publíquese en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días.-

 

09/11/13 MAR. LIQ. N° 18898-20384 $801,00.-