BOLETÍN OFICIAL Nº 25 – 02/03/20
EXPTE. Nº 600-1203/14.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 MAR. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a imputar la erogación derivada del Expte. N° 600-1203/2014 “MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS. OBRA: REACONDICIONAMIENTO DEL NUEVO PARQUE BICENTENARIO DE LA BENDICIÓN DE LA BANDERA – II ETAPA – COLECTORA RUTA NACIONAL N° 66 – ALTO COMEDERO – S.S. DE JUJUY”, cuando por derecho corresponda, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida “L” Deuda Pública 03-10-15-01-26-0 P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2019, Ley N° 61131 debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas conforme las disposiciones legales vigentes.‑
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR