BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 28/02/20
EXPTE. Nº 641-162/2007.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 JUL. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.– Ratifíquese la Resolución N° 26/2016, dictada por el Instituto Jujeño de Colonización y en consecuencia, adjudíquese a Título Gratuito al Sr. MAMANI, SANTOS DOMINGO DNI N° 14.065.011, la Parcela Rural Fiscal N° 640 Padrón M1533 con una superficie de 849 Has. 2613,03 m2, ubicado en el Distrito Cusi Cusi, Departamento Santa Catalina, Provincia de Jujuy, según Plano de Mensura de Fracciones aprobado bajo el N° 11738 por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 30 de Diciembre de 2011.-
ARTICULO 2º.- Establézcase que los Recursos Naturales, Parques Provinciales y Nacionales que existan o en un futuro se creen en el inmueble adjudicado se regirán por las Leyes Provinciales o Nacionales vigentes, Ley Provincial N° 5206 y Decreto N° 789-G-2004 y el Artículo 15° primer apartado del Convenio N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T). Dispóngase que el Estado Provincial se reserva el dominio de los Derechos Mineros que existan en el lugar, y que los mismos se regirán por el Código de Minería de la Nación (Artículos 2°, 7° 10°, 11°,12°, 13°, 16°, 18°, 146°, 158° y concordantes); Decreto Nacional N° 456/97, Artículo 15º Segundo apartado del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional de Trabajo (O.I.T.).-
ARTÍCULO 3°.- Por Juzgado Administrativo de Minas, notifíquese dicho acto a los titulares de minas y cateos.-
ARTÍCULO 4º.- Por Escribanía de Gobierno procédase a extender la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio a favor del adjudicatario.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR