BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 26/02/20

Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial  Nº 1 Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-054862/15 caratulado: “TARJETAS NARANJA S.A. c/ CARDOZO FRANCISCO QUINTIN S/ Prepara Vía Ejecutiva” hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, 11 de octubre de 2019.- Autos y Vistos:…Considerando:…Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por TARJETA NARANJA S.A. en contra de CARDOZO, FRANCISCO QUINTIN, D.N.I. Nº 16.128.582, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Diecinueve Mil Doscientos Sesenta y Nueve con Noventa y Seis Centavos ($19.269,96), con más las costas del juicio y el interés de la tasa activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago con más el 50% en razón de los intereses punitorios, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05” (Sala I del Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: “Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro). II.- Difiérase la regulación de honorarios del Dr. Ekel Meyer hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada en autos.- III.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- IV.- Notificar la presente resolución al accionado por edictos y las futuras por Ministerio de la ley.- V.- Firme que se encuentre la misma deberá la parte actora practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia en el término de cinco días, bajo apercibimiento de Ley.- VI.- Asimismo, incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez- Ante mi: Dra. Amelia del Valle Farfán- Secretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los 04 días del mes de Febrero del 2020.-

 

21/26/28 FEB. LIQ. Nº 20176 $ 801,00.-