BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 26/02/20
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, Secretaria N° 2, en el Expte. N° C-149002/19 caratulado: “Pedido de Pequeño Concurso Preventivo: ANA CECILIA JOSE” se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 05 de Diciembre de 2019.- Autos y Vistos:..Resulta:…Considerando:… Resuelvo: 1.- Declarar la apertura del presente Pequeño Concurso Preventivo de Acreedores de la SRA. ANA CECILIA JOSE CUIT Nº 27-25.613.576-6, de conformidad a lo previsto en el Artículo 11º de la Ley 24.522 sus modificatorias y Art. 288 modificado por Ley 27.170, con domicilio en calle Francisco Cabello y Mesa Nº 970 del Bº Los Perales- ciudad- Provincia de Jujuy.- 2.- Fijar audiencia para el sorteo del Síndico para el día 13 de Febrero de 2020 a hs 10:00, la que se realizará en Secretaría de Superintendencia del Poder Judicial (Acordada 7/96). A tales fines líbrese el oficio correspondiente y notifíquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas a sus efectos.- 3.- Fijar como fecha de vencimiento del plazo para que los acreedores formulen sus pedidos de verificación ante el Síndico, juntamente con los títulos justificativos de sus créditos, el día 15 de abril de 2020 (art. 32 L.C. y Q.).- 4.- Ordenar la anotación de la Apertura del presente Pequeño Concurso Preventivo de Acreedores e información sobre la existencia de otros anteriores, librándose a tales efectos los oficios respectivos a la Dirección General Impositiva, Municipalidad de San Salvador de Jujuy, Registro de Marcas y Señales, Registro de Créditos Prendarios, Registros de la Propiedad Automotor, Dirección General de Inmuebles y Dirección Provincial de Rentas.- 5.- Decretar la Inhibición General para gravar y disponer bienes registrables de la Concursada. A tal efecto, líbrense oficios a la Dirección General de Inmuebles, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y Registro de Marcas y Señales y entidades bancarias con excepción de la cuenta del Banco Mas Ventas S.A. y con las limitaciones dispuestas por incidente.- 6.- Ordenar la radicación de los Juicios de contenido patrimonial contra la concursada en los casos previstos por el Art. 21 de la ley 24.522 (en su actual redacción dada por el Art. 4 de la ley 26.086), a tal efecto líbrese oficio a los juzgados; haciéndoles saber de la apertura del presente Concurso.- 7.- Conceder al presentante el término de cinco días para dar cuenta de los diligenciamientos de los oficios ordenados en los puntos 4,5,6 de la presente. 8.- Intimar a la Concursada para que en el término de cinco días de notificado de la presente deposite judicialmente la suma de pesos cinco mil $ 5.000 para gastos de correspondencia, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 30 de la L.C.Q.- A tal fin, líbrese Oficio al Banco Macro S.A. ordenando la apertura de la cuenta judicial. 9.- Fijar fecha para la presentación por parte del Sr. Síndico de los informes individuales conforme lo dispone el Art. 35 de la LCQ, el día 05 de Agosto de 2020.- 10.- Fijar el día 18 de Noviembre de 2020, para que el Síndico presente el Informe General (art. 39 L.C. y Q). 11.- Fijar como fecha para la celebración de la Audiencia Informativa el día 22 de febrero 2021 a hs. 8:30, o el día inmediato posterior si éste fuere feriado o inhábil.- 12.- Ordenar se publique edictos por la Concursada durante cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, debiendo acreditar su cumplimento en el término de cinco días bajo apercibimiento de Ley (Art. 30 L.C.Q.).- 13…14.- Notifíquese por cédula la presente y las ulteriores por Ministerio de Ley (Art. 26 L.C.Q.).- Dra. María de los Ángeles Meyer- Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 11 de Diciembre de 2019.-
17/19/21/26/28 FEB. LIQ. Nº 20014 $943,00.-