BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 21/02/20
EXPTE Nº 733-39/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DIC. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por otorgada y usufructuada la licencia sin goce de haberes, a favor del Sr. CRUZ FABIAN CLEMENTE, CUIL 20-17822627-5, en el cargo categoría 17 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74 en la U. de O.: R6-01-23 Hospital “Wenceslao Gallardo”, por el periodo comprendido entre el 01 de febrero de 2018 al 31 de enero de 2019.‑
ARTICULO 2°.- Téngase por designada en carácter de reemplazante a la Sra. VARGAS MARÍA ESTER CUIL 27-25287350-9, en el cargo categoría 13-30 hs., Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de Enfermera en la U. de O.: R6-01-23 Hospital “Wenceslao Gallardo”, por el periodo comprendido entre el 01 de febrero de 2018 al 31 de enero de 2.019, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 3°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos, Ley N° 6113, ejercicio 2019 que a continuación se indica:
EJERCICIO 2019
La Partida de Gastos en Personal asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-23 del Hospital W. Gallardo.‑
EJERCICIOS ANTERIORES: (periodo no consolidado):
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 “P/Pago Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad ‘de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR