BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 12/02/20

Dr. Juan Pablo Calderón-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el Ref. Expte. Nº C-038916/15, caratulado: Ejecutivo: CREDITIA S.A. c/ QUISPE ANIBAL ELBIO, hace saber que en éste Juzgado se tramita la presente causa. En consecuencia y de conformidad lo previsto por los arts. 472, 478  y 480 del C.P.C., intímase al accionado SR. QUISPE ANIBAL ELBIO, D.N.I. 24.799.525 a depositar la suma de Pesos Tres Mil Novecientos Ochenta y Seis con 70/100 ctvos. ($3.986,70.-) con más la suma de Pesos Mil Ciento Noventa y Seis con 01/100 ctvs. ($1.196,01.-) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. Asimismo, cítaselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar, Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Ítem. Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local de amplia circulación, por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 25 de Febrero del 2019.-

 

10/12/14 FEB. LIQ. Nº 20123 $801,00.-