BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 12/02/20

Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 13 de la Provincia de Jujuy, hace saber a ROMERO JOSE ANTONIO, DNI Nº 27.496.426, que en el Expte. Nº B-224384/10, caratulado: “Ejecutivo: CARSA S.A. c/ ROMERO JOSE ANTONIO”, se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 28 de Abril de 2016.- I) El informe actuarial que antecede, téngase presente.- 2) Atento las constancias de autos (fs. 16 vta., 24, 25, 30 vta., 137 vta, 140 y 145) y lo solicitado a fs. 152, notifíquese por edictos a la parte demandada ROMERO, JOSE ANTONIO que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, de la ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia y de conformidad a lo  previsto por los arts. 472, 478 del C.P.C., intimase al accionado a depositar la suma de Pesos Un Mil Quinientos Cincuenta y Uno con 11/100 ctvos. ($1.551,11) en concepto de Capital, con  más la de Pesos Cuatrocientos Sesenta y Cinco con 33/100 Ctvos. ($465,33) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio.- En defecto de pago, se hace saber que se transformará en definitivo el Embargo trabado oportunamente.- Asimismo, cítasela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días, posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).- 3) Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada, que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaría del Juzgado, siendo los días de notificación Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- 4) Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Km. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Ítem.- 5) A tal fin publíquense edictos en un diario local y boletín oficial tres veces en cinco días.- 6) Se hace saber que la confección de la diligencia dispuesta precedentemente se encuentra a cargo de la parte interesada a tenor del cumplimiento de deber de colaboración (arts. 50 y 72 del CPC), para su confronte y firma por el actuario.- 7) Notifíquese por Ministerio de Ley.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal Juez- Ante mi Dra. Luisa Carmen Burzmiñski.-Firma Habilitada.- Publíquense por Edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 06 de febrero de 2019.-

 

10/12/14 FEB. LIQ. Nº 20125 $801,00.-