BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 12/02/20

Dra. Lis Valdecantos Bernal, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 6, Secretaria Nº 11, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. MAMANI, WALTER EDUARDO DNI Nº 30.417.931 que en el Expte. Nº C-111943/18, caratulado: “CREDINEA S.A. c/ MAMANI WALTER EDUARDO S/ Ejecutivo” se ha dictado la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 11 de Noviembre de 2019.- Autos y Vistos:… Considerando:…, Resuelve 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra de WALTER EDUARDO MAMANI, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de Pesos Veintiocho Mil Trescientos Cincuenta y Cinco con 40/100 ($28.355,40) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte Nº B-145.731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº 235), con más un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago. 2º) Imponer las costas a la parte demandada vencida (Art. 102 del C.P.C). 3º) Diferir la regulación de los honorarios profesionales del Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, hasta tanto se practique y apruebe la planilla de liquidación en la presente causa.- 4º) Notificar por Cédula y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Lis M. Valdecantos Bernal- Juez Habilitada- Ante Mi Dr. Juan José Bravo- Firma Habilitada”.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 27 de Noviembre de 2.019.-

 

10/12/14 FEB. LIQ. Nº 20083 $801,00.-