BOLETÍN OFICIAL Nº 16 – 07/02/20

Dr. Juan Pablo Calderón Juez por Habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, en el Expte. Nº D-017061/16 caratulado: Prepara Vía Ejecutiva: TARJETA NARANJA S.A. c/ CHAPPANO, FERNANDO ARIEL, procede a notificar a CHAPPANO, FERNANDO ARIEL DNI 26.273.910 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 15 de noviembre de 2018.- I.- Téngase presente informe actuarial que antecede en consecuencia hágase efectivo el apercibimiento previsto por el art. 475 del CPC, en consecuencia téngase por reconocida la documentación presentada.- II.- Téngase por preparada la vía ejecutiva, en consecuencia y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra del Sr. FERNANDO ARIEL CHAPPANO DNI: 26.273.910 en el domicilio denunciado, por la suma de pesos Veintiún Mil Quinientos Noventa y Cinco con 50/100 ($21.595,50) en concepto de capital, con más la suma de pesos Diez Mil Setecientos Noventa y Siete con 75/100 ($10.797,75) calculada provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio. ….III.- La citará de remate para que dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Juzgado y Secretaría a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.- IV.- Por igual término, se intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sea su naturaleza (arts. 52 y 154 del C.P.C.).- V.- A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto, líbrese Mandamiento al Sr. oficial de Justicia, con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la Fuerza pública si fuese necesario.- VI.- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado.- VII.- Notifíquese.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez por Habilitación, ante mí Dra. Mariana Valeria Palavecino- Prosecretaria Técnica” Otra providencia: “San Pedro de Jujuy, 28 de noviembre de 2019.- I.- Téngase presente informe actuarial que antecede. II.- Atento las constancias de autos y conforme se solicita en el escrito presentado por el Dr. Aguiar, Carlos Abel Damian, ordénese la notificación por edictos del demandado CHAPPANO, FERNANDO ARIEL, conforme lo prevee el art. 162 del C.P.C. Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial, que por turno corresponda.- III.- Notifíquese (Art. 154 C.P.C.).- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez por Habilitación, ante mí Dra. Lilian Inés Conde. Secretaria.” San Pedro de Jujuy, 28 de noviembre de 2019.- Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario Local.-

 

07/10/12 FEB. LIQ. Nº 20079 $801,00.-